Por la Ley de Abastecimiento público
Eloy Soneyra

Doctor en Psicología de la Universidad de Belgrano especializado en Calidad y Factor Humano. Es autor y editor de libros como: “Gerencia y Excelencia, Calidad de la A a la Z” (el primer diccionario enciclopédico de la calidad y la gerencia en el Mundo), “Autodiagnóstico de la Gestión empresaria” (primer sistema cuantificado con las Bases del Premio Nacional a la Calidad). Director Ejecutivo del Estudio Soneyra, organismo destinado a la Psicología Aplicada a la Clínica y a asesorar a personas de empresas sobre Calidad y Factor Humano. Mención especial, Concurso Internacional de Ensayos: Juan Bautista Alberdi: Ideas en Acción. A 200 Años de su Nacimiento (1810-2010).



Así como el gobierno K sancionó y promulgó la Ley de Abastecimiento para contener los abusos de los proveedores de bienes a la comunidad, propugnamos una parte dos de esa ley para contener los abusos gubernamentales sobre la ciudadanía.
La mayoría silenciosa desea la promulgación de la Ley de Abastecimiento Público, que sirva para contener los abusos gubernamentales y que contemple los deseos de calidad institucional y social contemplando el respeto a los derechos inalienables a la vida, la libertad, la propiedad y la búsqueda de la felicidad para lo cual anhela:
  1. Que el Poder Judicial  la abastezca de: 1- de aceleradas sentencias condenatorias para que los ladrones, asesinos y violadores purguen sus crímenes en las cárceles; 2- de efectivas sentencias a quienes atenten con la libertad de prensa; 3- de fallos con leyes no retroactivas; 4- de sanciones a los que perviertan, violen u obliguen a cualquier acto sexual a menores; 5- de ejemplar encarcelamiento a los pedofílicos y penas  a los medios que promueven la prostitución; 6- de fallos que protejan a las víctimas y sancionen a la delincuencia; 7- de una acordada que eliminen la feria chica judicial de invierno; 8- de una acordada que impongan a los judiciales el pago de impuestos generales de cualquier tipo; 9- de penas de cumplimiento efectivo a quienes presenten denuncias basadas en la injuria, la calumnia o la difamación;  10- promueva el juicio de traidores a la  Patria  a los legisladores que concedan al Ejecutivo nacional o a los gobernadores de provincia facultades extraordinarias, o la suma del poder público, u otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor  o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna.

  1. Que el Poder Legislativo la  abastezca de leyes: 1- que sancionen a los legisladores que se ausentan de sus bancas para viajar al extranjero o que por cualquier motivo falten a las sesiones; 2- que reduzcan el empleo público; 3- que penen con la caducidad del mandato, a los funcionarios electos que abandonen o renuncien a sus bancas para ocupar otros cargos públicos o políticos; 4- que solo permitan la inmigración acorde con la capacidad de asimilación nacional y con un patrimonio mínimo; 5- que penen el enriquecimiento en la administración pública en cualquier sea la rama; 6- que establezcan al Boletín Oficial como único medio de difusión de los actos de gobierno; 7- que nieguen la publicidad oficial en los medios; 8- que bajen los impuestos regresivos como el IVA, a las ganancias y al cheque; 9- que devuelvan a las provincias la recaudación de impuestos fijados constitucionalmente;10- que priven a los legisladores fijar incrementos de sus propios haberes, como  de tener fondos para pensiones y para sostener cualquier número de secretarios o asesores; 11-  que terciaricen todas las labores no legislativas de organismos parlamentarios como peluquerías, comedores y cafeterías oficiales; 12- que autoricen cada viaje al exterior del Presidente de la Nación, como lo impone la Constitución Nacional y no una sola ley anual con permiso abierto a cualquier país; 13-que promueva juicio político a titulares del Poder Ejecutivo, y de la Corte Suprema que expresen falsedades  al informar a la opinión pública; 14- que entreguen al ejecutivo nacional el dominio, administración o cesión de los recursos naturales en territorios provinciales, 15—sancionen al ciudadano a cargo del Ejecutivo que no presida los actos tradicionales actos nacionales (Gestas nacionales, Teatro Colón, Tedeum, Sociedad Rural, etc.),

  1. Que el Poder Ejecutivo la abastezca de: 1- de múltiples cárceles seguras; 2- de verdades; 3- de discreción verbal y postural; 4- de honestidad en el manejo de fondos públicos y en la palabra empeñada; 5- de mesura en sus discursos y en las exposiciones públicas; 6- de presencia efectiva en los actos tradicionales (Gestas nacionales, Teatro Colón, Tedeum, Sociedad Rural, etc.), 7- de austeridad en los gastos de propaganda gubernamental; 8- de buenas relaciones internacionales, en primer lugar con los países limítrofes; 9- de no intervención en los asuntos internos de otros países; 10- de un sistema de seguridad; 11- de concesiones otorgadas por licitación pública; 11- de probos e idóneos funcionarios públicos sin antecedentes penales; 12- de despido de los funcionarios que descalifican personas o instituciones con mentiras, calumnias e injurias; 13- de propulsar actividades económicas estatales; 14- de cumplir el artículo 99 inciso de 18 de ausentarse del país con permiso por ley del Congreso delegando el mando en cada ausencia; 15- de la prohibición de intervenir en los actos de campaña política; 16- que no llame a legisladores a ocupar cargos públicos; 17- de decretos que no veten la leyes de incrementos a los jubilados; 18 de cumplimiento a las acordadas de la Corte Suprema de la Nación so pena de juicio político; 19- que envié al parlamento presupuestos con una inflación anual  inferior  al 3%; 20-  que libere de todo gravamen a los ingresos que los jubilados alcancen por un trabajo posterior a su retiro.
En síntesis que el Gobierno Nacional en sus  tres poderes nos abastezca de acciones que contribuyan a  la unión nacional, a  afianzar la justicia, a consolidar la paz interior,  a proveer a la defensa común, a  promover el bienestar general, y a asegurar los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación Argentina”

 

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