¿Tienen derechos los animales?
Hugo Vera Ojeda
Presidente de la Fundación Issos, Asunción, Paraguay.


El caso del simio que obtuvo un habeas corpus en Argentina, está suscitando un interesante debate sobre si tienen o no derechos los animales. De hecho, sostener que los tienen es una contradicción, no solo a la misma naturaleza, sino a nuestra construcción conceptual del derecho en donde el sujeto, lo es también de obligaciones y por sobre todo, por un punto esencial del derecho, que es el ejercicio en los términos pre establecidos. Es decir, el comportamiento con discernimiento, intención y libertad de esos derechos.
Esto es aplicable no sólo en los cánones del derecho positivo sino que en el propio iusnaturalismo, pues ella es concebida en los mismos términos del positivismo en el sentido de su exigibilidad a un tercero.
 Ahora bien, ¿Esto faculta al ser humano a masacrar especies diferentes haciendo prevalecer el suyo, por ejemplo para la obtención de alimentos? La respuesta nos la puede dar una ciencia auxiliar llamada etología.
 Esta nos permite estudiar el patrón de conducta humano dentro de un contexto general de las especies desde el punto común llamado instinto. Ahí podremos notar que eso que los humanos llamamos derechos, es más parecido a la versión iusnaturalista y que en realidad es un orden espontáneo.
 Varios estudios demuestran comportamientos animales que rayan lo que conocemos como actos humanitarios, en donde, no sólo un gran felino cazador, está cerca de una presa sin lastimarla, sino que incluso se han visto casos en donde las presas hasta son rescatadas por el cazador.
Esto nos demuestra que hay un comportamiento instintivo de una especie de respeto por un determinado canon de vida y es que nadie mata por matar o se mete a molestar en territorios de otras especies por molestar, lo que nos recuerda nuestro concepto humano del derecho de propiedad.
Pero por otro lado, vemos también comportamientos que a todas luces nos parecen crueles y es justamente cuando estos depredadores, imponen por decirlo así, lo que los humanos catalogaríamos como su derecho a comer. Dentro de ese comportamiento instintivo de matar, no se observan tratos compasivos, como por citar un ejemplo, el estilo kosher, que se buscan y de hecho se imponen, como reglas para el humano.
Estas variables quizás nos indiquen que no correspondería darle a la situación, la categoría de derechos, que por cierto tienen sus condicionamientos y su aplicabilidad, precisamente no encaja en especies que no lo entienden. Es justamente por ese mismo hecho, que al humano no le estaría tampoco permitido interferir más allá de esa concesión que le otorga ese escalón más arriba en las especies llamada razón. Es en nombre de la razón que no sería normal para el patrón de conducta humano, por ejemplo, gozar por infringir sufrimientos o masacrar a seres vivos sin más justificativo que el placer.
En síntesis, no es por derecho que los animales deben ser respetados dentro del parámetro que nos indica la etología, pues el derecho es muy humano, sino por algo que podría ser hasta superior a ese invento humano, pues conjuga la supervivencia y la evolución, y se llama orden espontáneo.
 

Últimos 5 Artículos del Autor
[Ver mas artículos del autor]