¿Qué muestra la crisis del caso NISMAN que la elite política argentina parece que no quiere mirar?
Ricardo Runza
Ingeniero
Aeronáutico y Magíster en Defensa Nacional.
Han pasado ya
muchos días desde que la muerte del Fiscal NISMAN desató una nueva crisis en el
Sector Seguridad del Estado nacional argentino y hoy en día casi todos se
conforman con mirar la superficie, narrar las consecuencias y obviar los
enormes problemas estructurales que tiene el Estado nacional argentino que
impactan negativamente en su Sector Seguridad.
Las esquirlas
estallan sobre algunos organismos del Poder Ejecutivo nacional (tales como: la división
custodia de la Policía Federal, los cuerpos forenses de todas las fuerzas del
Ministerio de Seguridad, la inteligencia policial de las Fuerzas de Seguridad,
el propio Ministerio de Seguridad, la inteligencia militar de las Fuerzas
Armadas, el Ministerio de Defensa, la Cancillería, la Secretaría de
Inteligencia y la propia Presidencia de la Nación de quien depende directamente
este último organismo), del Poder Legislativo (en particular, sobre la
comisiones parlamentarias relacionadas con los organismos ejecutivos
mencionados) y del Ministerio Público Fiscal y del Poder Judicial (a través de
las fiscalías y los jueces que intervienen en todos los casos que forman parte
conjunta de esta crisis).
Indudablemente
que todos los problemas orgánicos y funcionales del Estado, los malos
desempeños individuales y las inoperancias institucionales que muestra esta
crisis surgen de algún lado.
¿Pero de
donde?
Obviamente, ellos
surgen de la cultura de la elite política argentina (es decir de sus valores y
creencias), de sus intereses reales, de su modo de ejercer el poder político y
esencialmente del actual diseño orgánico funcional del Estado nacional
argentino que es intrínsicamente funcional a la cultura, a los intereses y al
modelo de ejercer poder que tiene esta elite y que por supuesto poco y nada
tiene que ver con un funcionamiento estatal republicano y federal, civilizado,
probo y acorde a los estándares esperados que se corresponden al siglo XXI.
¿Qué significa
esto?
Esta crisis
muestra una situación que la sociedad argentina parece no querer reconocer ni
ver: su elite política actual tiene
intereses contrarios a ella y el pésimo
diseño del Estado, alcanzado con la reforma constitucional de 1994 y con el
marco legal logrado tras 31 años de democracia, no ha arrojado otra cosa que un Estado fallido que se muestra como
tal ante toda la comunidad internacional en todos los campos del quehacer propio
del Estado y obviamente ante la misma sociedad argentina, aunque ella todavía no
quiera aceptarlo.
Arreglar los
problemas estructurales de este ESTADO FALLIDO en todo el Sector Seguridad del
Estado argentino no se hace con purgas de personal, con cambios de nombres de
organismos, con renuncias de algunos funcionarios, con cambios de relación de
dependencia, con nuevas leyes o con el cumplimiento de leyes que nacieron
fallidas. Tampoco se soluciona con las propuestas facilistas y reduccionistas
que salen de la boca de los candidatos presidenciales de esta elite política
que disputaran el poder a finales de este año y menos aún de aquellas
esgrimidas por la actual Presidente de la Nación y sus serviles vasallos que
muestran para quien quiera ver a todas luces la cultura primitiva y feudal que
tiene esta elite política, casi sin excepciones.
Entonces, ¿Qué
habría que hacer? ¿Por donde empezar?
Si la sociedad
aún sostiene y aún cree en los valores republicanos, federales y liberales que
inspiraron a Juan Bautista Alberdi para dar a luz nuestro Estado nacional en
1853, indudablemente, que hay que comenzar por volver a nuestra Constitución
Nacional primigenia para tener nuevamente las bases de un Estado republicano y
federal porque esta Constitución vigente no las tiene a pesar que en su letra
dice ser una para un Estado republicano y federal.
¿Con esto
solucionamos todo?
Indudablemente
NO, porque la letra de la Constitución Nacional de 1853 era una acorde al siglo
XIX y hoy nos encontramos en pleno siglo XXI. Por eso es necesario implementar
también de manera complementaria algunos cambios orgánicos funcionales en el
Estado pergeñado por esa Constitución que respondan a una serie de principios
sencillos y fáciles de aplicar que aseguren el control ciudadano de la elite
política para superar esta actual democracia delegativa, para que la ciudadanía
pueda ejercer su control sobre la burocracia del Estado para obtener una mejor
calidad de servicio de parte de ella, para coadyuvar a que los intereses de esa
elite y de la burocracia estatal se aliñen con los de la sociedad y para
minimizar las desviaciones que pudieran existir en ellas de cara hacia el
futuro.
¿Qué
principios adicionales habría que incorporar?
Algunos de los
principios complementarios (a aquellos que rigieron el modelo constitucional
alberdiniano de organización y funcionamiento del Estado nacional argentino) que
le propongo al lector son, entre otros, los siguientes:
En el Poder
Legislativo:
1) Quien
gana una elección presidencial no puede ejercer la cabeza ni la mayoría de una
comisión parlamentaria de control. El que gana administra el Estado y quien
pierde lo controla.
2) Quien
no cumple con su responsabilidad de control parlamentario de la actividad del
Poder Ejecutivo y del Poder Judicial tiene que tener una pena concreta y
ejemplificadora
3) Quien
delega funciones del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo tiene que tener una
pena concreta y ejemplificadora
4) Quien
traiciona los intereses de la comunidad que lo votó a favor de un caudillo en
un Poder Ejecutivo o de un partido político tiene que tener una pena concreta y
ejemplificadora. No puede haber legisladores soldados de una persona. El
vasallaje debe ser minimizado y en lo posible eliminado.
5) Ningún
legislador puede ejercer un cargo legislativo por más de diez años
consecutivos. Es decir que se puede ser diputado por dos mandatos de cuatro
años cada uno, se puede ser diputado por cuatro años y luego senador por seis
años o viceversa pero nunca dos veces senador.
6) Para
ser diputado la edad mínima debe ser de 40 años y la edad mínima de un senador
debe ser 50 años. Experiencia, templanza y sabiduría deben ser requisitos
indispensables. Haber compartido el esfuerzo del trabajo de cualquier
contribuyente debe ser un requisito fundamental para que el legislador sea un
par de cualquier ciudadano capaz de representarlo.
7) La
planta de personal del Poder Legislativo debe ser acotada, específica y acorde
a las tareas de legislación y control. Ella debe estar tipificada y cubrirse
únicamente por concurso.
8) Los
asesores legislativos deben acreditar experiencia y conocimiento sobre la
materia que asesoran. Su número debe ser acotado y son los únicos que pueden
ser nombrados por los legisladores. Ningún asesor legislativo puede ser
personal de planta. Los legisladores no pueden nombrar otro personal que los
asista. Todos los asistentes legislativos deben ser de planta.
9) El
nepotismo en todas sus formas debe ser erradicado del Poder Legislativo. Se
debe evitar la formación de clanes familiares en el Poder Legislativo y en todo
el resto del Estado.
10) No
debe haber prebenda ni privilegios de ninguna especie en el Poder Legislativo.
Esto es fundamental para combatir la cultura parasitaria de la elite política
argentina.
En el Poder
Judicial
1) Los
jueces, fiscales y defensores no tienen empleo público sino servicio público
con inmovilidad en su cargo mientras dure su tiempo de servicio y su buena
conducta.
2) La
buena conducta de los jueces, fiscales y defensores públicos debe ser auditada
por un grupo de organismos técnicos competentes: los Consejos de Magistratura,
pero de ninguna manera decidida por un sólo grupo de poder, sea éste corporativo profesional o político.
3) Estos
Consejos de la Magistratura asisten al Poder Legislativo para designar los
fiscales, defensores y jueces del Poder Judicial bajo el modelo alberdiniano.
El resto de los funcionarios judiciales son designados por las autoridades
máximas del Poder Judicial.
4) El
Consejo de la Magistratura debe ser un órgano técnico. No debe haber un solo
Consejo de la Magistratura, sino uno por cada nivel de cargo judicial por sobre
el cual debe expedirse. Se debe evitar la concentración de poder de elección y
de control para minimizar el vasallaje del Poder Judicial con otros Poderes del
Estado o con una persona.
5) Ningún
juez, fiscal ni defensor del Estado puede tener un mandato consecutivo mayor a diez
años y su tiempo de servicio judicial es de cinco con derecho a una reelección.
6) La
ciudadanía decide con su voto la continuidad en un segundo mandato de los
fiscales, defensores y jueces que sirven en su jurisdicción. De esta forma se
castiga o se premia el desempeño individual y se evita el anonimato como una
forma de ocultar la no independencia judicial.
7) La
edad mínima de un fiscal y de un defensor público debe ser 40 años y la de un
juez 50 años.
8) Todos
los cargos del Poder Judicial deben estar tipificados, claramente establecidos.
Sus cargos deben ser cubiertos por concursos y con un determinado perfil
profesional.
9) El
presupuesto del Poder Judicial es administrado por el Poder Judicial conforme a
lo que establezca el Poder Legislativo y bajo el control parlamentario del
mismo.
10) La
ingerencia del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial debe ser anulada y la
ingerencia del Poder Legislativo minimizada a lo estrictamente necesario para
el funcionamiento independiente, republicano y federal del Poder Judicial que
debe actuar conforme a la ley y a los intereses de la sociedad y no en forma
contraria a ella.
En el Poder
Ejecutivo:
1) Quien
asume la Presidencia de la Nación asume un servicio público y no un empleo
público
2) Quien
asume la Presidencia de la Nación asume un compromiso de administración del
Estado. No encabeza ninguna revolución ni ningún proyecto nacional que no sea
cumplir con la Constitución Nacional y las leyes para el bien común de los
argentinos siguiendo los preceptos del preámbulo de la Constitución Nacional de
1853.
3) La
edad mínima para acceder al cargo de Presidente de la Nación debe ser 50 años y
para Ministros y demás funcionarios políticos 40 años.
4) Queda
prohibido el nepotismo en cualquiera de sus formas. Los parientes y conyugues
de un Presidente no pueden asumir cargos públicos de ningún tipo en ningún
Poder del Estado ni pueden ser sujetos que puedan ser electos como miembros del
Poder Ejecutivo hasta después de un mandato de quien esta ejerciendo.
5) Por
lo menos los cargos de Procurador General, Ministro de Economía y Recaudador de
Impuestos deben ser electos por la ciudadanía por mandatos concordantes con el
de la Presidencia de la Nación. El Presidente de la Nación elige el resto de
los Ministros y funcionarios políticos de menor jerarquía. Esta es una manera
de asegurar de quien asuma el cargo de Presidente de la Nación no lo haga
mesiánicamente. El poder debe estar acotado y distribuido con la menor
concentración posible, de manera equilibrada, propendiendo a su no licuación.
6) El
diseño del Poder Ejecutivo, su organización y funcionamiento no puede cambiarse
sin autorización del Poder Legislativo. Los Ministerios, Secretarías,
Subsecretarías, Agencias, Entes, Servicios y Fuerzas deben establecerse con
criterios de eficiencia y organización estables en el tiempo. Se le prohíbe al
Presidente crear organismos por sí mismo. Los organismos del Poder Ejecutivo
deben tener misiones, responsabilidades y funciones permanentes y tareas
consecuentes con ellas. Las políticas, objetivos y metas como así también las
estrategias y tácticas operativas deben ser las variables de cambio de la
administración pública.
7) Todos
los organismos del Poder Ejecutivo deben tener todos sus cargos y posiciones
laborales debidamente tipificadas, definidas y con requisitos de idoneidad
profesional requerida.
8) Todo
empleo público en el Estado nacional no puede tener bajo ningún aspecto
privilegios y estabilidad laboral diferentes a un empleo privado. El derecho de
paro debe estar acotado.
9) Todo
puesto de empleo público debe ser asumido por concurso y bajo estrictas
definiciones laborales.
10) Todo
funcionario político que asume un cargo en el Poder Ejecutivo debe acreditar un
perfil profesional determinado previamente especificado y preferentemente
estable en el tiempo.
Si estos
principios complementarios se llegasen a instrumentar, en conjunto con las
formas previstas en la Constitución de Alberdi, para organizar el Estado
nacional argentino y si el Poder Ejecutivo ejecuta, el Poder Legislativo
legisla y controla y el Poder Judicial brinda justicia y controla la
constitucionalidad de las leyes y de los actos de gobierno y si además ningún
Poder puede asumir las responsabilidades, funciones y tareas del otro, entonces
el Sector Seguridad del Estado argentino podrá reformarse y cambiarse sustentablemente
sobre cimientos sólidos.
Solo a partir
de esto podremos tener comisiones legislativas capaces de controlar la
inteligencia y toda la actividad del Sector Seguridad del Estado tal como tienen
que actuar civilizadamente y de manera respetuosa a los derechos individuales,
conforme a la experiencia internacional comparada con aquellos Estados
republicanos y federales considerados paradigmas exitosos de buen gobierno.
Solo así podremos tener jueces y fiscales
con posibilidades serias de trabajar con independencia, oportunidad y
calidad conforme a las expectativas que tiene la sociedad y finalmente solo así
podremos tener fuerzas, agencias y servicios eficientes, oportunos y con
calidad de servicio dependientes de Ministerios competentes y capaces de
establecer políticas y estrategias de seguridad y además también de controlar
su ejecución ante las amenazas a la seguridad que se ciernen actualmente sobre
nuestro Estado, sobre nuestra sociedad y sobre cada uno de nosotros.
Alcanzado
primero estas bases, luego recién a partir de allí habría que comenzar a pensar
cual puede ser el mejor diseño de cada fuerza, agencia, servicio,
subsecretaría, secretaría y ministerio del Estado en el campo de la seguridad.
No antes. El caballo debe estar adelante del carro.
Este es el
camino que hay que transitar. No es un camino fácil, pero lamentablemente esto
es, por ahora, lo que no se escucha decir a nadie de nuestra elite política
acerca de lo que hay que hacer como si fuera algo que la elite política
argentina pareciera no estar dispuesta a querer mirar.
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