Argentina y los Estados Unidos
Armando Ribas
Abogado, profesor de Filosofía Política, periodista,
escritor e investigador. Nació en Cuba en 1932, y se graduó en Derecho en la
Universidad de Santo Tomás de Villanueva, en La Habana. En 1960 obtuvo un
master en Derecho Comparado en la Southern Methodist University en Dallas,
Texas. Llegó a la Argentina en 1960. Se entusiasmó al encontrar un país de
habla hispana que, gracias a la Constitución de 1853, en medio siglo se había
convertido en el octavo país del mundo.
No me voy a referir a los errores antes y
después del tiempo en que Argentina pasó de ser uno de los países más pobres
del continente a estar entre los países más ricos del mundo. Voy a comenzar por
recordar las palabras sabias de Alexis de Tocqueville en su obra: “El Antiguo
Régimen y la Revolución”. Allí escribió dos principios que considero viales:
“Las tierras producen menos en razón de su fertilidad que de la libertad de sus
habitantes” Y seguidamente dijo: “Hasta tal punto son más fuertes los vicios
del sistema que la virtud de los que lo practican”.
Fue habiendo tomado conciencia de esa
realidad, y por supuesto basados en el pensamiento de Locke y de Hume que los
Founding Fathers dieron a luz el sistema que transformara al mundo, siguiendo
los pasos de la Glorious Revolution de Inglaterra. Ese fue el liberalismo, que
se funda en el reconocimiento de la naturaleza humana. Como bien señala William
Bernstein en su The Birth of Plenty, hasta 1800 el mundo vivía como vivía
Jesucristo.
Es indudable que la libertad y la riqueza
en el mundo comenzaron a partir del sistema que los Founding Fathers
denominaron The Rule of Law, que tenía como principios fundamentales la
limitación del poder político y el respeto por los derechos individuales: A la
vida, la libertad, la propiedad y el derecho a la búsqueda de la propia
felicidad. Este último derecho como lo reconociera Locke es el principio
fundamental de la libertad. Este principio se encuentra en el artículo 19 de la
Constitución Argentina. Al respecto Alberdi escribió: “Las sociedades que
esperan su felicidad de la mano de sus gobiernos, esperan una cosa que es
contraria a la naturaleza.
Increíblemente Argentina fue el segundo
país del mundo en implementar ese sistema. Y dije increíblemente pues hasta
1853 Argentina era uno de los países más pobres del continente, y a principios
del siglo XX, como reconoció The Economist, tenía un ingreso per cápita mayor
que el de Francia, Italia y Alemania. O sea era uno de los países más ricos del
mundo. Por ello igualmente competía con Estados Unidos por la inmigración y así
pasó de tener una población de unos 800.000 habitantes en 1853 a tener más de 6
millones a principios del siglo.
Ese proceso ocurrió bajo la égida de la de
la denominada generación del 37, formada
por Alberdi, Sarmiento, Mitre y Urquiza. Fue el pensamiento de Sarmiento y de
Alberdi el que determinara el proceso político que siguiera los pasos del de
Estados Unidos. Así Sarmiento en su “Comentarios de la Constitución de la Confederación Argentina” escribió:
“Eureka pudimos exclamar no en relación a nosotros, sino con respecto al Congreso,
por cuanto es en efecto, el Congreso, quien ha señalado y abierto un camino
anchísimo, al adoptar no solo las disposiciones fundamentales de la
Constitución de Estados Unidos, sino la letra del preámbulo y de gran número de
sus disposiciones constituyentes”: Y siguiendo en esa tendencia siguió
escribiendo: “Sirva esta simple comparación para mostrar lo que nos hemos
propuesto en los Comentarios de la Constitución de la Confederación Argentina
que principiamos, y es aplicar al texto de sus cláusulas las doctrinas de los
estadistas y jurisconsultos norte-americanos y las decisiones de sus tribunales”.
Al respecto había igualmente predicho: “Solo la Inglaterra y los Estados Unidos
tienen instituciones fundamentales que ofrecer como modelo al mundo del futuro”
El proceso que permitió la imposición en
Argentina del Rule of Law, se debió a Justo José de Urquiza. Por ello podemos
decir que la libertad se la debemos a la batalla de Caseros, el 3 de febrero de
1852. Fecha de la Libertad en Argentina. Urquiza derrotó la dictadura de Rosas, basada
en el principio de “Religión o Muerte”. Y por ello Alberdi también rescató el principio
de la libertad religiosa tal como fuera reconocido primeramente por Locke. Así
Alberdi dijo: “La libertad religiosa es tan necesaria al país como la misma
religión católica…Perseguir Iglesias que enseñan la doctrina de Jesucristo ¿Es
cosa que tenga sentido? Por ello igualmente Argentina fue uno de los primeros
países del mundo en tener libertad religiosa, no obstante que no había multiplicidad de sectas como en Estados
Unidos.
La existencia de la Argentina se le debe a
Urquiza que pactó con Mitre. En el acuerdo de San José de Flores se acordó las reformas introducidas en la Constitución
por la Provincia de Buenos Aires. Después durante la Guerra de la Triple Alianza
también acordó con Mitre y Sarmiento y en contra de la posición de los líderes provinciales
que estaban en contra de Buenos Aires Ello le costó la vida pues los
provincianos lo consideraban un traidor Ya debiéramos saber la importancia de
las ideas y la política que las pone en práctica. Y este hecho está reconocido por Alberdi
cuando escribió: “La patria es libre cuando no depende del extranjero, pero el
individuo carece de libertad en cuanto depende del Estado de un modo omnímodo y
absoluto”. O sea que la independencia argentina se be a San Martín y la
Libertad a Urquiza.
Igualmente Alberdi consideraba que
Estados Unidos era un líder de la libertad y así dijo: “Sin Inglaterra y
Estados Unidos, la libertad desaparecería del mundo”. Y adelantándose a Ayn
Rand respecto al egoísmo dijo: Los pueblos del Norte no han debido su opulencia
y grandeza al poder de sus gobiernos, sino al poder de sus individuos. Son
producto del egoísmo, más que del patriotismo. Haciendo su propia grandeza
particular cada individuo contribuyó a labrar la de su país”.
Es igualmente increíble el adelanto del
pensamiento de Alberdi respecto a los principios que determinaron el sistema
que cambió al mundo y así dijo: “Hasta aquí el peor enemigo de la riqueza del
país es la riqueza del fisco” y “El ladrón privado es el más débil de los enemigos que la propiedad reconozca…Ella
puede ser atacada por el Estado en nombre de la utilidad pública”. O sea
Alberdi se había percatado hace más de ciento cincuenta años de la problemática
que enfrenta el mundo contemporáneo, con la Argentina incluida, que es el
elevado nivel del gasto público que como ya he escrito en anteriores
oportunidades, determina la caída en la inversión y consecuentemente del
crecimiento económico.
Igualmente, siguiendo con el pensamiento
que determinó la creación del Rule of Law y que se funda en el rol fundamental
que tiene el poder judicial y que los americanos denominan el Judicial Review,
que significa como dijo el Juez Marshall: “Todo gobierno que ha creado una
Constitución la considera la ley fundamental. Por tanto toda ley contraria a la
Constitución es nula. Y es la función y el deber del poder judicial el decir
que es la ley”: Y Alberdi al respecto dijo: “La propiedad, la vida, el honor,
son bienes nominales cuando la justicia es mala. No hay aliciente para trabajar
en la adquisición de bienes que han de estar a merced de los pícaros”.
O sea la seguridad jurídica es un
principio fundamental y ese es el problema que evidentemente se violó a partir
de la llegada de Perón a la Argentina y por supuesto la expropiación de
Aerolíneas Argentina y de YPF durante la administración de los Kirchner constituye
una violación del artículo 17 de la Constitución Argentina. Igualmente cuando
el gasto público se eleva al 50% del PBI, de hecho se está violando el derecho
de propiedad, o sea el artículo 17 al que nos referimos.
He hecho todas estas citas pues como dije
antes las ideas son fundamentales para decidir el camino político a seguir. Como
dijo Séneca: “Para el que no sabe a dónde va, no hay viento favorable”. Y las
ideas que compusieron el Rule of Law, ignoradas en gran parte del mundo, son
trascendentes. Como reconociera Richard Epstein en su artículo The Classical
Liberal Constitution, publicado por el CATO Institute: “Los principios
contenidos en la clásica constitución liberal no son aquellos que funcionan en
esta o en aquella era. Ellos son los principios de para las eras”.
El reciente acuerdo de Macri con Trump implica
mi juicio un primer paso en el camino de la grandeza argentina en función del
liberalismo trascendente en el Rule of Law. Esperemos tener éxito en ese
proceso, no obstante las dificultades que se enfrentan en la actualidad. Ellas
fueron recientemente heredadas del gobierno de los Kirchner, pero revelan
igualmente la lamentable trascendencia política del peronismo, que entronizó el
fascismo en la Argentina, y la violación de la Constitución de 1853-60 Y más aún
se enfrentó con Estados Unidos en la Segunda Guerra Mundial.
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