Por fin, tenemos un mercado de cambios libre
José Nogueira
Corredor
de cambios socio de ABC Mercado de Cambios S.C., y ex Operador de Cambio Senior
en el Citibank N.A., Foreign Exchange Manager en The Chase Manhattan Bank y
Vice President en el Chemical Bank, en sucursales en Buenos Aires.
El lunes 8 de Agosto de 2016 será una fecha
histórica para nuestro país porque ese día el directorio del Banco Central de
la República Argentina, presidido por Federico Sturzenegger, emitió la
Comunicación "A" 6037, mediante la que se eliminaron, definitivamente,
las normas que aún regían desde la implantación del “cepo cambiario” y, al mismo tiempo, se sancionó un nuevo
ordenamiento “con el objetivo de
simplificar el mercado de cambios, eliminar requisitos burocráticos y reducir
los costos operativos para todos los actores”. Al respecto, la citada
Comunicación en su Punto 1-1 indica que "De
acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nro. 260/2002, las operaciones de cambio
serán realizadas al tipo de cambio que sea libremente pactado y deberán
sujetarse a los requisitos y a la reglamentación que establezca este Banco
Central". Sin embargo, la citada comunicación ya tenía un antecedente
muy positivo, como lo fue la Comunicación
“A” 5850, emitida el 17 de diciembre de 2015, en la que se dispuso que todo
nuevo ingreso de fondos externos tendrá derecho a la libre salida por igual
monto y al ingreso de capitales del exterior se le reduce el requisito de
permanencia a 120 días y se elimina la obligación de constituir un depósito no
remunerado por un año de plazo por el 30%. Se liberan los pagos de todas las
importaciones de bienes y servicios que se efectúen o se planeen a partir del
17/12 y las deudas por importaciones de bienes y servicios vencidas o a vencer
al 16/12 podrán cancelarse según los diversos esquemas establecidos en la
citada norma.
Pero cuatro meses después, el viernes 29 de
diciembre de 2016, el ente monetario nos volvió sorprender cuando dictó la
Comunicación "A" 6131, que denominó "Gestión de riesgos asociados a la liquidación de operaciones de
cambio", informando sobre el detalle de normas regirán a partir del 1º
de Julio de 2017.
Ese documento, que en realidad, tiene el
carácter de manual operativo, con una extensión de treinta páginas, detalla los
lineamientos que deberán respetar las entidades bancarias para realizar las
operaciones con diferentes fechas de pago, como lo son las del contado "valor hoy" y "valor hoy puesto", "valor normal" y "normal puesto" (spot valuetomorrow o tomorrownext), las
operaciones a plazo (forwards) y las
operaciones de pase (swaps) de tipo
de cambio y también de monedas. Y con este texto, incluido en la nueva
normativa, sin duda se convalidó que tales transacciones, que habían sido
prohibidas por el BCRA hace más de quince años, ahora vuelven a tener plena
vigencia operativa, existiendo total libertad para realizarlas a partir del
próximo mes.
Además, el 5 de enero de
este año el Ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, firmó un decreto por el que
se eliminó la última restricción que regía en la
Argentina para el ingreso de capitales, que era la obligatoriedad de que tales
fondos debían permanecer inmovilizados en el país durante 120 días. Según dicha
norma las divisas extranjeras que se ingresen podrán entrar y salir libremente
del país. Asimismo, el directorio del BCRA aprobó una normativa cambiaria por
la que se eliminó la exigencia de también ingresar las divisas que correspondan
al pago por exportaciones de servicios. Hasta ahora, las empresas de este sector
del comercio exterior tenían la obligación de liquidarlas en el MULC dentro de
un plazo no mayor a los 365 días, aunque la nueva regulación mantuvo esa
obligación sólo para quienes realicen exportaciones de bienes.
Y finalmente,
completando su decisión de liberar totalmente la operatoria cambiaria en la
Argentina, el Directorio del ente monetario dictó el jueves 27 de abril de este
año una Resolución por la que se dispuso que las
entidades bancarias podrán destinar parte de sus depósitos en dólares a financiar
también a los importadores del exterior que compren productos o servicios
argentinos. Esta variante de préstamos en dólares se podrá otorgar en forma
directa a los compradores o a través de líneas de crédito a cualquier banco del
exterior que participe en la operación. Según el ente monetario la medida tiene
el objetivo de “impulsar la capacidad
exportadora de nuestro país, incrementar su productividad y dinamizar su
economía”.
Pero también sorprendió la decisión oficial
de eliminar los topes para las transferencias bancarias,en pesos o en dólares.
Ahora, el cliente deberá avisarle al banco que realizará una transferencia
determinada, en un día específico, sin topes preestablecidos. La medida apunta
especialmente a las operaciones inmobiliarias, de compraventa de automotores o “cualquier otro pago electrónico de
montos elevados, eliminando la necesidad de utilizar efectivo así como también
los gastos y riesgos vinculados a la seguridad”.
Pero la semana que finalizó con la grave
crisis política ocurrida en Brasil el 19 de mayo pasado, incluyó una novedad
muy importante que puede catalogarse como un nuevo hecho histórico positivo
para nuestro Mercado Único y Libre de Cambios. En efecto, aquel día el
Directorio del BCRA emitió la Comunicación "A" 6244, con una
extensión de cuarenta y dos páginas. El documento, en su presentación formal,
dispone que a partir del próximo 1º de Julio de 2017 "quedan sin efecto todas las normas que reglamentaban la
operatoria cambiaria, la posición general de cambios, las disposiciones
adoptadas por el Decreto Nº 616/5, el ingreso de divisas de operaciones de
exportaciones de bienes y los seguimientos asociados a dicho ingreso,
manteniendo su vigencia las normas vinculadas con regímenes informativos,
relevamientos o seguimientos relacionados con dichos tópicos". Y así
quedó claroque dentro de pocos días podrán realizarse en el MULC cualquier tipo
de operaciones cambiarias sin tener la obligación de presentar determinada
documentación que las respalde, aunque las empresas o individuos involucrados
deberán cumplimentar algunas normas especiales y una declaración jurada sobre
el origen y destino de los fondos respectivos y las entidades bancarias deberán informar al BCRA, únicamente con fines
estadísticos, los conceptos y montos de las operaciones de cambio que se
realicen.
Y tras toda la
información que se acaba de comentar es indudable que los argentinos, después de tantos años de
haber sufrido fracasos políticos y económicos que nos han mantenido sumergidos
y aislados del mundo civilizado, nos demos cuenta y nos convenzamos de que el
único camino para mejorar nuestras vidas y crecer juntos se logrará si
cambiamos definitivamente nuestra forma de ser desde el punto de vista
cultural. Es que lo que hemos experimentado hasta ahora, en todas sus formas,
demuestra claramente los errores cometidos, principalmente el haber adoptado
políticas económicas desprovistas de alma, mostrando dejar totalmente de lado
la filosofía moral.
De aquí en más debemos comenzar a valorar nuestra moneda,
que es el peso, y reconocerlo como tal y de una vez por todas abandonar para
siempre nuestra tendencia a preocuparnos más por el dólar estadounidense.
Pero para que esta nueva experiencia de poder
vivir en libertad sea exitosa y pueda mantenerse luego dentro de carriles más o
menos estables será condición ineludible de que la Argentina sea capaz también
de afianzar su condición de país serio, donde las normas jurídicas y los
acuerdos internacionales se respeten, las cuentas públicas se manejen con
prudencia, las condiciones monetarias y económicas se gestionen con firmeza y
la balanza de pagos pueda mostrar un razonable equilibrio, pero con un
sostenido crecimiento del comercio con el exterior y flujos de capitales.
También será necesario rebajar la presión tributaria y eliminar aranceles
aplicados a las importaciones.
La libre flotación de nuestro peso, que será
una total realidad a partir del 1º de julio próximo, constituirá un formidable
desafío. Nuestras empresas exportadoras e importadoras podrán competir en
igualdad de condiciones. Pero las entidades financieras y cambiarias deben
encarar profundos cambios para mejorar sensiblemente los servicios brindados a
sus clientes, poniendo énfasis en el asesoramiento profesional y en lograr
mayor eficiencia en sus prestaciones para favorecer el comercio exterior y su
financiamiento.
También, la baja de costos en el ámbito de
las entidades bancarias deberá ser una realidad y su participación más activa
en los mercados internacionales de divisas les permitirá brindar mejor
asesoramiento, cobertura de riesgos y recomendar decisiones que optimicen los
resultados de las operaciones cambiarias que se originen en el comercio con el
exterior y en el movimiento de los capitales destinados a la inversión
productiva.
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