Los haberes jubilatorios continúan su camino de deterioro
Angélica Bergonzi
Presidente de Asociación de Damnificados por la Pesificación y el Default (ADAPD).



En nuestros informes previos se mostró la evolución de la movilidad jubilatoria desde la vigencia de la LEY 27426/17, y su atraso continuo con respecto al índice de costo de vida nivel general (IPCN). La fórmula se incluye en (ANEXO A). (1)
Dicha ley fue aprobada por el oficialismo, pero contó con el consenso de sectores de la oposición, siendo el senador Miguel A. Pichetto quien insistió para que se introdujera un índice salarial denominado RIPTE, quitando la opción de la fórmula anterior de aplicar el mayor de dos índices de movilidad salarial. Su introducción impacta negativamente, resultando hasta el presente una movilidad menor con respecto al índice de precios al consumidor nivel general.
En el gráfico se muestra la evolución del haber jubilatorio desde septiembre 2017 y del IPCN, y se observa el notorio apartamiento de ambas curvas, con el IPCN por arriba 33,2 puntos en junio 2019, supuesto IPCN 3 en mayo y junio respectivamente.


El atraso del haber jubilatorio arrastra también el impacto de la quita de tres meses de incremento y se recuerda que la CSJN tiene este tema entre los casos pendientes de fallo.
En 2017 la variación de IPCN fue 24,8%, mientras que el incremento de las jubilaciones ANSES fue 28% con la fórmula anterior de LEY 26417/08. La disminución del resultado por la nueva fórmula es en parte por la inclusión de un índice de movilidad salarial (RIPTE) y único, y por la pérdida de 3 meses de ajuste. Ese fue el objetivo político opuesto al mensaje mediático.
El índice ISBIC, índice de salarios básicos de la industria y comercio, ratificado por la CSJN para el cálculo de la movilidad del haber previsional hasta marzo 2009, ha dejado de publicarse desde 2016. ISBIC siempre fue superior al RIPTE. 
 

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