La mentira en el discurso público
Manuel Suárez-Mier
Profesor de Economía de American University en Washington, DC.



El afamado y prolífico experto legal de EE.UU. Cass Sunstein recién publicó el fascinante libro Embusteros: falsedades y libertad de expresión en la era del engaño que analiza el irritante tema de cómo calificar los discursos falsarios que se han vuelto generalizados.
La Suprema Corte de su país prioriza la libertad de expresión y señala que sólo puede acotarse constitucionalmente “en los casos en que tradicionalmente se ha hecho cuando el discurso mentiroso causa un daño considerable.” La Corte supone que no hay razón para alentar tales expresiones, por lo que censurarlas debe hacerse con parsimonia para no violar la libertad de expresión.
Además, en la arena política, permitir que el gobierno tenga manga demasiado ancha para castigar el discurso falsario, siempre lleva a que se castiguen sólo las expresiones que le son desfavorables y critican su actuación, por lo que la Corte ha sido asaz tolerante con la alocución mendaz.
Como escribió el legendario juez de la Suprema Corte de EE.UU. Oliver Wendell Holmes, “Aún la más rigurosa protección de la libertad de expresión no se extendería a quien gritara ¡fuego! en un teatro lleno de gente, causando pánico”. Manifestaciones recientes en el ámbito político, como la arenga de Donald Trump a sus fanáticos que llevó al asalto del Capitolio, caen en esta categoría.
El autor aclara que las mentiras son sólo un segmento del mundo de la falsedad, pues los fanáticos que viven en una realidad aparte suelen creer lo que dicen, aunque se trate de un absoluto embuste. En el caso de Trump, el Washington Post contó 30.573 “afirmaciones falsas o engañosas” en su periodo.
El autor tiene dos objetivos al escribir este texto: el primero es profundizar en su tesis que las falsedades no deben ser censuradas o suprimidas en la mayoría de los casos, pues la sociedades libres las protegen y los burócratas nunca deben ser la “policía de la verdad”, al no ser confiables pues ellos también tienen sesgos. 
El antídoto para las falsedades es exponerlas frente a la realidad y no censurarlas pues “quienes inician la eliminación coercitiva del disenso se hallan pronto eliminando a los disidentes. La unificación obligatoria de opiniones se alcanza solamente en la unanimidad del cementerio”, como afirmó la Corte.
Su segundo propósito es el de acotar estas conclusiones en los casos en que sean genuinamente dañinos para la sociedad o grupos de ella, y el gobierno debiera tener la facultad de regular esas mentiras o falacias, porque “las afirmaciones falsas no están protegidas por la constitución si se prueba que son perjudiciales”. 
Actualmente los gobiernos tienen facultades para controlar la difamación y la publicidad engañosa, que se deben extender para restringir y castigar cierto tipo de mentiras, como las que ponen en peligro a la salud y seguridad públicas y las que atacan los procesos democráticos, que pulularon en la era de Trump.
Este debate es muy relevante en México dada la proclividad de su líder de vivir en una realidad alternativa.
Este artículo fue publicado originalmente en Asuntos Capitales (México) el 26 de marzo de 2021 y en Cato Institute.
 

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